Resumen: El Juzgado de lo Penal dictó sentencia condenando al acusado como autor de dos delitos de robo con violencia intimidación en establecimiento abierto al público, concurriendo la agravante de disfraz, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. La representación procesal del acusado interponer recurso de apelación solicitando la revocación de la sentencia y la libre absolución alegando error en la valoración de la prueba y subsidiariamente que se valoren las circunstancias personales del acusado en aras a imponer la pena inferior en 1 o 2 grados al condenado. la audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, confirma la sentencia y concluye que el juez a quo ha valorado racionalmente la prueba practicada, que acredita la participación del acusado en los hechos, habiendo quedado desvirtuada la presunción de inocencia. El hecho de que la empleada de la farmacia no reconociera al acusado no es un elemento bastante para desvirtuar los numerosos indicios que, valoradas conjuntamente, acreditan la autoría del acusado en relación a los robos que se le imputan, resultando que las gafas, mascarillas, sudadera con capucha que vestía en el momento, unido a que no dijera palabra alguna, a la situación de tensión y la rapidez con que sucedieron los hechos, justificarían que la empleada no le reconociera. En relación a los hechos perpetrados en la gasolinera, se cometió en grado de tentativa ya que el mismo no llegó a consumarse por causas ajenas a la voluntad del acusado.
Resumen: Los sindicatos reclaman el percibo del plus de transporte en aplicación del art. 51 CC contact center que se abona antes de pasar a teletrabajo con motivo del ERTE COVID-19. Entienden que los acuerdos de teletrabajo suscritos en marzo/20 manteniendo las mismas condiciones laborales son sin excluir el plus. Reclaman el plus de transporte para todos los trabajadores que lo percibían antes de pasar a teletrabajo del Grupo de empresas Atento, el conflicto afecta a quienes prestan servicios de 24 a 6 h. La AN desestimó porque los acuerdos individuales no hacen referencia al plus discutido. En casación recurren los sindicatos STC, CGT y USO solicitan el percibo del plus de transporte, la Sala IV remite a su doctrina sobre los complementos extrasalariales e interpretación de los convenios. Rechazó los tres recursos, no aprecia que el plus de transporte cumpla la finalidad del de nocturnidad, regulado en otro precepto convencional; para el percibo del plus de transporte es necesario el desplazamiento, no se acredita la naturaleza salarial del plus que retribuya mayor penosidad del trabajo nocturno. El plus se establece por las frecuencias de transporte público, el pago algunas semanas no hace surgir el derecho a su percibo no estando el plus entre las condiciones laborales cuando pasan a teletrabajar y de la lectura de los acuerdos individuales no se deduce voluntad de mejora. El abono se produjo por error en el sistema de fichaje de presencial y no presencial
Resumen: Se estima el recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en procedimiento para la protección de derechos fundamentales, aplicando precedentes en la Sala para reiterar la respuesta a las cuestiones de interés casacional objetivo planteadas en el auto de admisión diciendo que la libertad de circulación que consagra el artículo 19 de la Constitución se ve afectada por la adopción de medidas que limiten derechos fundamentales -en este caso, libertad de circulación-, cuando la sentencia constate una infracción del ordenamiento jurídico por razón de la falta de competencia del órgano autor de la actividad administrativa impugnada.
Resumen: Despido. Auto de archivo por incomparecencia del demandante a los actos de conciliación y juicio. Falta de contradicción.